¿Qué es el arbitraje de consumo?
Como consumidores y usuarios alguna vez nos podemos ver en alguna situación problemática con comerciantes, si eso ocurre, el consumidor tiene derecho a reclamar y denunciar esa incidencia. Con la finalidad de resolver los problemas que puedan surjir entre ambas partes, el arbitraje de consumo media entre ellos.
¿Qué es el arbitraje de consumo?
Es un procedimiento extrajudicial que se encarga de la resolución de conflictos entre comerciantes y consumidores o usuarios. Su fin es solucionar los problemas que puede haber entre las dos partes, para que de esta manera se evite recurrir a la vía judicial como última opción.
El arbitraje de consumo, para los comerciantes y por ende para sus empresas y negocios, supone la adhesión a este procedimiento y una garantía de calidad y buen servicio que ofrece al consumidor, y es que los clientes cuentan con la total seguridad de que ante cualquier diferencia que pueda aparecer entre ellos, será solucionada a través de la vía arbitral de consumo.
Características del arbitraje de consumo
Una característica esencial tiene el arbitraje de consumo, y es que es gratuito. Una gratuidad debida a que las administraciones competentes en materia de consumo se encargan de la gestión y financiación de este sistema público, así que el servicio sea gratis para todos los ciudadanos que deseen hacer uso de él.
Además, el arbitraje de consumo se caracteriza también porque resuelve reclamaciones entre particulares y empresas o profesionales, pero nunca entre los mismos. Esto quiere decir que no se puede tratar casos entre particulares, por ejemplo el alquiler de un piso, la venta de un coche; y tampoco entre empresas, por ejemplo problemas con el suministro de material de oficina.
Ventajas de pedir un arbitraje de consumo
El solicitar un arbitraje de consumo, se puede decir que va a contentar a todas las partes, o al menos debería ser así. Y es que los conflictos se canalizan en este procedimiento y finalizan con un acuerdo entre reclamante y reclamado, o el llamado “laudo de obligado cumplimento” que zanja el conflicto o disputa. De esta manera, ante una solicitud de arbitraje, la Administración media entre las partes. No obstante, de no producirse un acuerdo, el caso pasa al tribunal arbitral, que será encargado de estudiarlo, de convocar al consumidor y al empresario a una vista arbitral, para terminar emitiendo un dictamen que ha de ser de obligado cumplimiento.
Conviene destacar un matiz importante que afecta a aquellas empresas que no están adheridas a este sistema arbitral. En este caso, las reclamaciones de las que son objeto serán planteadas por la vía ordinaria, y solamente terminarán con una solución para el consumidor siempre y cuando que el consumidor acepte la mediación y negocie una solución.
¿Se puede pedir un arbitraje de consumo ante cualquier problema de consumo?
Hay que ser realistas, el arbitraje de consumo no es la panacea para mediar todos los conflictos que puede exister entre consumidor y comerciante. Cierto es que es válido para solucionar muchos problemas, pero hay casos que no admite mediación arbitral de consumo. Son los siguientes:
- Cuando se produce una intoxicación.
- Cuando se ha producido una lesión.
- Cuando el objeto de reclamación ha producido la muerte de una persona.
- Cuando existe indicio de delito.
- Cuando exista una resolución judicial firme sobre el asunto en particular.
- Cuando la discusión pueda afectar a materias sobre las que las partes implicadas no tengan poder de disposición.
- Cuando la parte reclamante carezca de capacidad de obra o de representación legal.
Más información detallada sobre el arbitraje de consumo en las siguientes páginas:
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